Comunidades autónomas:
Subvención next generation: hasta 31 diciembre 2023.
Esta subvención apenas tiene requisitos de carácter técnico. Lo más destacable es:
Cuantías:
Para instalaciones residenciales de pequeño tamaño, que son el 95% de los casos, la subvención es de 600€ por cada kWp de placas instalado y de 490€ por cada kW de capacidad de baterías (si las hubiera).
Así por ejemplo, para una instalación de 5 kWp de placas, que es algo bastante habitual, la subvención sería de 3.000€. Si a esta instalación le añadimos una batería de 5kW, serían 2.450€ más de subvención, es decir, 5.450€ en total.
Instalación de marquesinas para proyectos de solar fotovoltaica 120e/kw
ayuda adicional por reto demográfico 55/kw instalado.
Cuando las instalaciones se sitúen en municipios de hasta 5.000 habitantes, o municipios no urbanos de hasta 20.000 habitantes cuyos urbanos tengan una población menor o igual a 5.000 habitantes
Cuantía variable según el municipio
Deducibles el año en que se acaba la instalación*
*Esta fecha la dictamina la fecha de aprobación del registro en industria de la instalación.
Para instalaciones terminadas
Debe contarse con la instalación terminada y legalizada.
Requisitos: Los requisitos dependen totalmente del municipio. Por lo general suele ser obligatorio tener o solicitar la licencia urbanística municipal y tener la instalación terminada.
Plazos: La deducción debe realizarse en el ejercicio fiscal del año en el que se legaliza la instalación.
Cuantía: La cuantía depende totalmente del municipio, aunque es habitual que sea una cuantía de entre el 30% y el 50% durante 2/5 años, con excepciones.
40% del coste de la instalación*
*Depende del tipo de instalación y del ahorro conseguido.
Deducibles el año en que se acaba la instalación*
*Esta fecha la dictamina la fecha del segundo Certificado de Eficiencia Energética.
NECESARIO: 2 Certificados Energéticos
Se requieren un certificado anterior y uno posterior, por lo que es importante entender el proceso correctamente.
Requisitos: El requisito clave en esta deducción es contar con un Certificado de Eficiencia Energética anterior y uno posterior a la instalación. Entre los dos debe evidenciarse el ahorro conseguido con las actuaciones de eficiencia energética. Nuestros ingenieros se aseguran de que los requisitos de ahorro se cumplan, de forma que no tengáis que preocuparos por este tema.
Plazos: La deducción debe realizarse en la Declaración de la Renta del ejercicio en el que se elabora el segundo Certificado de Eficiencia Energética.
Así, por ejemplo, si la instalación se planea hacer el 12 de julio de 2023 deberá elaborarse un certificado anteriormente, instalarse, elaborar uno posterior tan pronto como sea posible y aplicar la deducción en abril de 2024 cuando abran las presentaciones de la Renta.
Cuantía: Puedes deducirte hasta el 40% del coste de la instalación durante hasta 3 años.